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Guía para adaptar SAGE 100 a los nuevos tipos de IVA

En este artículo encontrará toda la información necesaria para adpatar SAGE 100 a los nuevos tipos de IVA que entrarán en vigor a partir del 1 de Julio de 2010.

Si lo desea, puede ponerse en contacto con nosotros a través del teléfono 91 748 28 70 o rellenado el siguiente formulario y un especialista en SAGE 100 se pondrá en contacto con Ud. para ayudarle a realizar los cambios necesarios.

http://aelis.es/datos-de-contacto

También puede descargarse la Guía Completa en formato PDF en el siguiente link:


Descargar Guía Completa en PDF



Introducción:

Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, que En materia de IVA se indica la Subida del tipo general del IVA en dos puntos (del 16% al 18%) y del tipo reducido en un punto (del 7% al 8%), a partir del 1 de julio de 2010. El tipo súper reducido se mantiene al 4%.
Para el buen funcionamiento de los procesos detallados a continuación deberá tener instalada la versión 16.05 o superiores.

 En la versión 16.06 de Gestión Comercial, se ha ampliado el número de dígitos de 3 a 5 para las funciones de buscar y sustituir.

 Se ha ampliado las búsquedas y sustituciones a los procesos de categorías contables por artículo.

Pasos a realizar en las aplicaciones Sage 100

Desde I+D de Sage 100 se ha analizado las repercusiones del cambio del IVA previsto para el 1 de julio de 2010 y a continuación se detallan los pasos a seguir:

 Antes del 1 de julio de 2010:

• Crear las cuentas contables correspondientes a las nuevas tasas del IVA.
• Crear los nuevos códigos de IVA.
• Opcionalmente puede establecer, desde el proceso de Actualización de facturas, la tarifa futura con la fecha de aplicación.
• A 31 de junio de 2010, facturar todos los albaranes entregados y facturas pendientes. El cambio de Iva afecta sólo a los artículos entregados o recibidos a partir del 1 de julio de 2010 incluido.
• Contabilizar las facturas generadas.

Recomendaciones: ¡Haga una copia de seguridad antes de continuar!

A partir del 1 de julio de 2010:
• Sustituir el código del IVA en cada una de las categorías contables.
• Actualizar los precios de venta público en las categorías tarifarias que sean de tipo IVA incluido.
• Actualizar los documentos modelos de suscripciones.

Estas fases del proceso están descritas a continuación.

Procesos a realizar

El cambio de la tasa del impuesto sobre el valor añadido tiene repercusiones sobre la aplicación de Gestión Comercial 100, Contabilidad 100, Impresos Express y Caja descentralizada de Sage 100.
Describiremos los procedimientos que realizaremos a través de los procesos que citamos a continuación:

 Creación de nuevas cuentas contables.
 Creación de nuevos impuestos.
 Sustituir los impuestos asignados a las categorías contables.
 Actualización de precios en categorías tarifarias PVP.
 Aplicar los cambios en cada una de las Cajas descentralizadas.

Creación de nuevas cuentas contables

El impuesto sobre el valor añadido, soportado y repercutido, tienen que estar asociados cada uno a una cuenta general, procederemos a su creación.

El programa muestra la lista de cuentas, desde allí procederemos a crear una nueva:

Proceda de la misma manera para la creación de todas las cuentas necesarias.

Creación de nuevos impuestos

Procederemos a la creación de los nuevos impuestos, resumidos en la tabla siguiente, si necesita crear algún nuevo impuesto, que no está incluido, añádalo a la lista:

Tipo de impuesto Cód. Sentido Cuenta % Tipo Origen Agrup.

IVA Soportado Adquisiciones Intracomunitarias de Servicios – Compras AISC8 Soportado 47200118 18 IVA Intracomunitario AISC8

IVA Soportado Adquisiciones Intracomunitarias de Bienes AISP Soportado 47200000 0 IVA Intracomunitario AISP

IVA Soportado Adquisiciones Intracomunitarias de Servicios – Ventas AISV8 Soportado 47700118 18 IVA Intracomunitario AISC8
IVA Soportado 18% C18 Soportado 47200018 18 IVA Nacional C18
IVA soportado operaciones intracomunitarias 18% C18I Soportado 47200018 18 IVA Intracomunitario C18I
IVA Soportado 8% C8 Soportado 47200008 8 IVA Nacional C8
IVA Soportado 18% con IRPF R18 Soportado 47200018 18 IVA Nacional R18
IVA Soportado Arrendamientos RA18 Soportado 47220018 18 IVA Nacional RA18
Retención IRPF Arrendamientos RA19 Soportado 47510000 19 IRPF Nacional RA18
Recargo de Equivalencia 1% para IVA al 8% REC1 Repercutido 47700001 1 RE Nacional V8R
Recargo de Equivalencia 4% para IVA al 18% REC4 Repercutido 47700004 4 RE Nacional V18R
Retención profesional 15% RP15 Repercutido 47510000 15 IRPF Nacional R18
IVA Repercutido 18% Venta inmo. VI18 Repercutido 47700018 18 IVA Nacional I18
IVA Repercutido 18% V18 Repercutido 47700018 18 IVA Nacional V18
IVA repercutido operaciones intracomunitarias 18% V18I Repercutido 47700018 18 IVA/CEE/ND Intracomunitario C18I
IVA Repercutido 18% con recargo V18R Repercutido 47700018 18 IVA Nacional V18R
IVA Repercutido 8% V8 Repercutido 47700008 8 IVA Nacional V8
IVA Repercutido 8% con recargo 1% V8R Repercutido 47700008 8 IVA Nacional V8R
IVA Repercutido 18% con IRPF locales ALQ18 Repercutido 47700018 18 IVA Nacional ALQ18
IRPF locales alquiler ALQIR Repercutido 47500019 19 IRPF Nacional ALQ18
Inversión del Sujeto Pasivo – Compras ISC8 Soportado 47200118 18 IVA Varios1 ISC8
Inversión del Sujeto pasivo – Proveedores ISP Soportado 47200000 0 IVA Nacional ISP
Inversión del Sujeto Pasivo – Ventas ISV8 Repercutido 47700118 18 IVA Varios1 ISC8

Sustitución los impuestos asignados a las categorías contables
Las categorías tarifarias que se asignan a las familias o a los artículos determinan la tasa de IVA que se aplica al artículo, podemos realizar el cambio de dos maneras:
Modificando el código del IVA asignado a cada una de las familias de artículos:
Este método se pude aplicar si el número de familias creadas no es excesivamente elevado, se realiza en cada una de las fichas:

 Seleccione en la lista de datos contables la línea correspondiente al impuesto.
 Abra el campo desplegable y seleccione el nuevo impuesto.
 Repita esta operación para las restantes categorías contables de ventas y compras.
 Este cambio se repercute automáticamente a todos los artículos pertenecientes a la familia.

Buscando y sustituyendo el impuesto de la categoría contable
Esta es la mejor opción, sobre todo cuando las familias definidas son numerosas.
Este proceso se realiza desde la función Buscar / Sustituir del menú EDICIÓN:

Al ejecutar el proceso, el programa muestra los campos del archivo correspondiente a la ventana activa:

 Vaya a la lista de archivos y seleccione Categorías contables por familia.
 Haga un doble clic obtendrá la lista de campos:

 Seleccione la pestaña Buscar / Sustituir.
 Seleccione el campo Código impuesto 1.
 Seleccione la condición Igual a e introduzca el código de IVA que deba sustituir. En el caso del Juego de Prueba, se introduciría C16.
 En el apartado Sustituir, seleccione el campo Impuesto 1 y asígnele el valor C18.

 Mantenga activada la opción: Vista previa antes de sustituir.
 Utilice la función Buscar, obtendrá la lista de familias afectadas por el cambio:

 Utilice la función Sustituir para ejecutar el proceso.
 Abra la ficha de una familia para comprobar los cambios:

 Repita este proceso para cada una de las categorías contables que se vean afectadas por el cambio de tasa.
 Estos cambios se repercuten de forma automática sobre los artículos, salvo aquellos cuya categoría contable haya sido asignada manualmente.

Asignación en el caso de artículos cuyo IVA ha sido modificada manualmente
Con el fin de permitir excepciones en algunos artículos pertenecientes a una determinada familia, el programa permite asignar los impuestos directamente en la categoría contable del artículo, en este caso, los cambios de impuesto realizados a nivel de familia, no serán repercutidos a los artículo cuya asignación se ha realizado manualmente.
El proceso de búsqueda y sustitución permite tratar este caso:
 Seleccione en la lista el archivo Categoría contable por artículo:

 Proceda de la misma manera que en el caso de las familias

Actualización de precios en categorías tarifarias PVP
En el caso de las categorías tarifarias con IVA incluido, deberemos repercutir el aumento del IVA al precio de venta al público, utilizando el proceso de actualización de tarifas.

Describiremos el proceso en modo no personalizado.
Disponemos de dos modalidades de actualización:
 Directa
 Planificada
Describiremos ambas modalidades.
Actualización directa
 Mantenemos el tipo de actualización propuesto por defecto.
 Estableceremos en primer lugar el filtro por categoría tarifaria con IVA incluido:

 A continuación, estableceremos un porcentaje de aumento directamente sobre el precio de venta.

 La diferencia entre una tasa del 16% al 18% corresponde aproximadamente a un aumento en porcentaje del 1,7242%.
Tras la ejecución del proceso, obtenemos el nuevo precio de venta al público:

Este proceso, actualiza también los elementos de gama y de condicionantes.
 Si desea actualizar el precio de los artículos compuestos a partir del valor de sus componentes deberá activar la casilla Actualización de escandallos / componentes, el programa sólo procesará los artículos compuestos.

Actualización planificada
Esta modalidad permite planificar una actualización de tarifas a una fecha determinada, se desarrolla en dos fases:
 Establecer la fecha de modificación con cálculo de los nuevos precios, estos datos se reflejan en la pestaña Nuevo precio en la ficha de las categorías tarifarias con IVA incluido.
 Aplicar los cambios en bloque.
1ª Fase: Establecer fecha de modificación
Supongamos que debemos actualizar los precios de venta al 1 de Julio de 2010, procederemos de la forma siguiente:
 Establezca los mismos parámetros que en la actualización manual.
 En el campo Tipo de actualización, seleccione Fecha de aplicación e introdúzcala.

Podemos comprobar el resultado en las tarifas de la categoría tarifaria IVA incluido:

Abriendo la pestaña Nueva tarifa podemos ver la tarifa futura del artículo.

2ª Fase: Aplicación del precio futuro
Una vez alcanzada la fecha, deberemos aplicar el cambio de tarifa desde el proceso de actualización.
 Seleccione Nuevas tarifas en el campo Tipo de actualización e indique la fecha.
El programa atenuará los campos de configuración de la actualización de precios.

 Valide, el programa mostrará un mensaje de aviso:

El programa copiará las tarifas del precio futuro al precio actual.
 Este proceso no se realiza de forma automática, es decir, no depende de la fecha del sistema para su aplicación. Debido a su importante repercusión se requiere la intervención del usuario.

Servir o facturar un pedido entrado antes del 1 de Julio de 2010
Un pedido entrado antes del 1 de julio de 2010 y servido/facturado después de 30 de junio de 2010, debe entrarse de la siguiente forma.
Deberá marcar el indicador de albarán o Factura según corresponda y marcar el indicador de Actualización % de impuestos. Este último provoca que se actualice el % de IVA correspondiente a cada uno de los artículos, en lugar de coger el IVA que vienen de cada una de las líneas del pedido.

Rectificativa de una factura anterior al 1 de julio de 2010
Cuando se expide una factura anterior al 1 de julio de 2010 con el tipo 16% y debe rectificarse la factura con fecha posterior al 30 de junio de 2010, la factura rectificativa debe realizarse con el mismo tipo de IVA que la factura original.

No tiene que marcar el indicador de Actualización % de impuestos, para que coja los tipos de IVA de la factura original.